jueves, 19 de octubre de 2023

EL PODER MUNICIPAL EN EL SIGLO XV

Archivo  Municipal

El cap i casal y su área de influencia eran administrados por el Consejo General, un ente compuesto por personas burguesas que se correspondían con la masa social de la ciudad dividido en tres “manos”. La “ma major” reunía a los miembros del patriciado; la “ma mijana” representaba a los comerciantes, los notarios y los maestros de los oficios honoríficos; la “ma minor” agrupaba a los maestros y a los artesanos.

Cincuenta días antes de Pascua eran elegidos cuatro “hombres buenos” por parroquia (48 consejeros en total), pero desde 1283 la representación popular se venía eligiendo, igualmente, por cuatro personas de la misma condición y por oficio, que eran elegidos el Día de Pentecostés. Posteriormente el Consejo General llegó a alcanzar los 116 Consejeros nominados por los Gremios. A ellos se añadían cuatro consejeros juristas y seis caballeros por la ciudad y dos más en representación de las villas del territorio municipal. Los antiguos Jurados del ejercicio precedente se incorporan por derecho al consejo que reunía en su totalidad a 182 personas.

El Ejecutivo estaba en manos de los magistrados urbanos, los Jurados, en número de cuatro nombrados por el Rey a partir de los candidatos propuestos por el Consejo. Estos cargos eran gratuitos y se renovaban anualmente.

En 1239, Alfonso IV aumentó su número a seis, incorporados desde la nobleza que había sido excluida con anterioridad. Posteriormente se establecieron dos listas de burgueses y caballeros, de las cuales el Rey escogía los miembros del poder ejecutivo.

A principios del siglo XV se modificó el sistema, recurriendo al sorteo, aunque la elección previa palía la incertidumbre del azar. Fue cuando los artesanos intentaron participar en el Ejecutivo, con dos cargos más en el Jurado, iniciando de esta guisa la lucha de las clases populares contra la nobleza y el patriarcado.

Las deliberaciones de la Asamblea tenían lugar en la Casa Consistorial que en siglo XIII había estado delante de la Catedral, hasta que en el año 1342 fue transferida a un nuevo edificio como Casa de la Ciudad, situado en la Plaça de la Seu e dels Apostols, con sus sesiones que se celebraban en la “sala del escribiente”. Su ampliación en 1376 supuso una nueva sala, más amplía, para el Consejo y otra más pequeña para los administradores de impuestos. La gran sala de los Consejos se decoró con un techo de madera, dorado con oro traído de América en 1512.

Se creó la figura del “Racional”, elegido por el Rey entre tres candidatos, quien dirigía una sección financiera del municipio, asistido por los abogados de la ciudad, quienes le prodigaban consejos jurídicos.

La figura del “Mustaçaf” vigilaba la buena marcha de los mercados, función de origen árabe elegida alternativamente entre los caballeros y los burgueses.

El “Justiciat” era elegido anualmente por el Consejo, dispuesto para dirimir los litigios civiles y los asuntos criminales. A principios del XIV se desdobló esta actividad, con dos puestos de juez, uno en lo civil y otro para lo criminal, elegidos por los Jurados, el Racional y el Síndico, que eran escogidos entre los caballeros y los burgueses.

Un juez subalterno, denominado “de los 50 sueldos”, juzgaba las causas menores de esta suma.

El único que disponía de un cargo perpetuo era el Síndico de la ciudad, nombrado por el Consejo, quien recogía los votos en las asambleas, representado a la ciudad en los actos oficiales, además de efectuar misiones cerca del soberano. Respalda al Racional en los casos de mayor dificultad en cuando el cobro de las rentas de la ciudad.

Fuente: “Valencia, puerto mediterraneo en el siglo XV”

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